Delegado de Protección de Datos en entidades que elaboren perfiles comerciales

El DPO en empresas que elaboren perfiles comerciales es fundamental para garantizar que estos tratamientos cumplan con el RGPD, protejan los derechos de los interesados y eviten sanciones por uso indebido de datos personales.

¿En qué consiste la elaboración de perfiles comerciales?

La elaboración de perfiles comerciales consiste en analizar datos personales de clientes o usuarios para predecir o influir en sus decisiones de compra, preferencias, comportamiento o intereses, normalmente con fines de marketing o publicidad segmentada.

Estos perfiles se crean a partir de datos como historial de compras, navegación, localización, interacciones, edad, sexo o hábitos de consumo.

¿Qué tipo de empresas elaboran perfiles comerciales?

Algunas de las empresas que elaboran perfiles comerciales en el ejercicio de su actividad son:

  • Empresas de marketing y publicidad digital: Segmentan audiencias y personalizan campañas.
  • Plataformas de comercio electrónico: Recomiendan productos según comportamiento previo.
  • Entidades financieras o aseguradoras: Evalúan riesgo comercial o afinidad de producto.
  • Medios de comunicación y apps móviles: Adaptan contenidos a perfiles de usuario.
  • Proveedores de software o CRM: Ofrecen soluciones automatizadas de perfilado comercial.

¿Están obligadas estas empresas a designar un DPO?

Sí, si se dan los supuestos del artículo 37.1 del RGPD:

  • Tratamiento a gran escala de datos personales: Especialmente si se recogen, analizan y perfilan millones de registros.
  • Monitorización sistemática de personas: Seguimiento de actividad online, hábitos de consumo o geolocalización.
  • Evaluación automatizada con efectos jurídicos o significativos: Como decisiones comerciales o exclusiones.

Además, muchas de estas empresas trabajan con tecnologías que implican riesgos elevados para los derechos y libertades de las personas, por lo que deben realizar evaluaciones de impacto (EIPD) y contar con un DPO.

Fundamento legal Obligación de tener DPO
Artículo 37.1.b RGPD Cuando se monitoriza sistemáticamente a personas, como en el seguimiento online y análisis de comportamiento.
Artículo 37.1.c RGPD Si se tratan datos personales a gran escala, como ocurre en campañas de marketing basadas en perfiles.
Evaluaciones de impacto (Art. 35 RGPD) Elaborar perfiles comerciales suele requerir una EIPD, lo que implica la necesidad de designar un DPO.
Transparencia y derechos del interesado El DPO es clave para garantizar que el perfilado respete los derechos de oposición y no ser objeto de decisiones automatizadas.

¿Qué funciones desempeña el DPO ante la elaboración de perfiles comerciales?

El DPO en perfilado comercial supervisa el cumplimiento normativo, asesora sobre base legal, revisa textos legales, evalúa riesgos, gestiona derechos de usuarios y colabora con la AEPD ante posibles actuaciones regulatorias.

  • Supervisar el cumplimiento del RGPD en todo el ciclo de tratamiento de datos personales utilizados para elaborar perfiles.
  • Asesorar sobre legitimación y base jurídica: Verificar si se requiere consentimiento o si existe interés legítimo.
  • Revisar textos legales y formularios: Políticas de privacidad, términos y condiciones, configuración de cookies.
  • Evaluar riesgos asociados al perfilado automatizado: Impacto sobre los derechos de los usuarios.
  • Gestionar solicitudes de derechos: Oposición al perfilado, acceso, supresión o limitación del tratamiento.
  • Colaborar con la AEPD: En inspecciones, consultas o notificaciones de brechas relacionadas con decisiones automatizadas.

¿Qué sanciones enfrentan las empresas que elaboren perfiles si no tienen DPO?

Entre las posibles sanciones por elaborar perfiles comerciales sin el respaldo de un DPO están las siguientes:

  • Multas por incumplimiento del RGPD: Hasta 10 millones de euros o el 2 % del volumen de negocio anual.
  • Riesgos legales: Posibles reclamaciones por daños si los perfiles afectan negativamente a las personas.
  • Intervención de la AEPD: Requerimientos, inspecciones o medidas cautelares.
  • Pérdida de reputación: Falta de transparencia o confianza ante clientes y socios comerciales.

Preguntas frecuentes sobre el DPO en empresas que elaboren perfiles comerciales

¿Es obligatorio un DPO si solo se usan cookies para perfilado?

Sí, si se monitoriza de forma sistemática a usuarios y se generan perfiles que influyen en decisiones.

¿Puede el mismo DPO cubrir varias filiales de una empresa?

Sí, siempre que se garantice su capacidad, dedicación e independencia.

¿Debe informarse siempre del uso de perfilado?

Sí. El RGPD exige transparencia total sobre la existencia de decisiones automatizadas y sus efectos.

¿Puede oponerse un usuario a la elaboración de su perfil?

Sí. Tiene derecho a oponerse, especialmente si se basa en interés legítimo, y a no ser objeto de decisiones automatizadas significativas.