¿Cómo elegir un Delegado de Protección de Datos para tu empresa?

La elección del DPO es una decisión clave para las organizaciones obligadas a contar con esta figura. En esta guía se muestran los principales pasos, requisitos y obligaciones que se deben tener en cuenta antes de elegir un Delegado de Protección de Datos.
A la hora de elegir un DPO es necesario tener en cuenta una serie de factores. ¿Está mi empresa obligada a tenerlo? ¿Qué requisitos debe cumplir? ¿Cómo saber si está dado de alta en la AEPD? ¿Cómo se debe comunicar su nombramiento?
Fase | Resumen |
---|---|
Evaluación necesidad | Determinar si el nombramiento es obligatorio o recomendable. |
Perfil del DPO | Conocimientos, experiencia, habilidades, encaje, idiomas. |
Marco legal | RGPD, LOPDGDD, normativa sectorial. |
Funciones | Asesorar, supervisar, contactar AEPD, tratar derechos. |
Formación y experiencia | Formación jurídica y técnica, experiencia real contrastada. |
Certificación | Certificación oficial AEPD (opcional pero recomendable). |
Independencia | Evitar conflictos de interés; buenas prácticas. |
Interno vs. Externo | Elegir según estructura, especialización y autonomía. |
Registro AEPD | Inscripción obligatoria o voluntaria en el registro oficial. |
Consulta Dirección | Acceso directo, respaldo institucional y validación interna. |
Selección | Proceso transparente, documentado y trazable. |
Formalización | Documento formal, notificación AEPD, contrato si externo. |
Comunicación | Difusión interna y externa del nombramiento del DPO. |
Antes de iniciar cualquier proceso de selección o designación, la empresa debe determinar si está legalmente obligada a nombrar un Delegado de Protección de Datos o si, aun sin obligación, le resulta conveniente hacerlo por motivos estratégicos o de responsabilidad proactiva.
Según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), el nombramiento de un DPO es obligatorio en los siguientes casos:
En España, la AEPD ha detallado además un listado de sectores y entidades para los que el DPO es obligatorio, como por ejemplo:
Incluso si no se está legalmente obligado, puede ser altamente recomendable designar un DPO en estos escenarios:
Situación | Nombramiento DPO |
---|---|
Autoridad pública | Obligatorio |
Observación masiva | Obligatorio |
Datos sensibles a gran escala | Obligatorio |
Sectores regulados | Recomendado |
Datos sensibles o muchos datos | Recomendado |
El siguiente paso es definir el perfil profesional y personal del DPO. Esta definición servirá como hoja de ruta para todo el proceso de búsqueda y evaluación.
La empresa debe identificar, al menos, los siguientes elementos:
Conocimientos especializados
El DPO debe contar con conocimientos sólidos en:
Experiencia práctica
Se debe definir si se exige experiencia previa en:
Habilidades personales
Más allá de lo técnico, se valoran capacidades como:
Encaje organizacional
La empresa debe plantearse si el perfil debe:
Idioma y competencias digitales
En organizaciones internacionales o digitales, puede requerirse:
Aspecto | Perfil deseable del DPO |
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Conocimientos | RGPD, LOPDGDD, legislación sectorial, privacidad, seguridad de la información. |
Experiencia | Políticas de privacidad, gestión de riesgos, derechos, autoridades, auditorías. |
Habilidades | Comunicación, criterio jurídico, mediación, autonomía, ética. |
Encaje organizacional | Interlocución con dirección, acceso transversal, entornos multiculturales. |
Idiomas y competencias digitales | Inglés, tecnologías emergentes, entornos digitales. |
Antes de iniciar la búsqueda de candidatos es esencial que la empresa tenga claridad sobre las obligaciones legales y normativas aplicables a la figura del Delegado de Protección de Datos (DPO), tanto a nivel europeo como nacional.
Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) – UE
El RGPD (Reglamento 2016/679) establece:
Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) – España
La LOPDGDD complementa el RGPD, e introduce particularidades como:
Normativa sectorial específica
En sectores regulados puede haber obligaciones adicionales que afectan al DPO. Por ejemplo:
Normativa | Aspectos clave |
---|---|
RGPD (UE) | Designación, condiciones, posición y funciones del DPO. |
LOPDGDD (España) | Requisitos extra, sectores obligados y sanciones. |
Normativa sectorial | Obligaciones específicas según el sector (finanzas, sanidad, educación). |
El RGPD establece que el DPO debe, al menos, ejercer las siguientes funciones:
Además de las funciones básicas del RGPD, en la práctica el DPO suele asumir competencias complementarias como:
Función | Descripción |
---|---|
Asesorar | Guiar en cumplimiento de RGPD y otras normas. |
Supervisar | Verificar cumplimiento, formación y auditorías. |
EIPD/PIA | Asesorar y supervisar su aplicación. |
Contacto AEPD | Actuar como enlace con la autoridad de control. |
Interesados | Responder sobre datos y derechos personales. |
Tareas adicionales | Políticas, contratos, brechas, comités, reportes. |
Una vez definidas las funciones y competencias esperadas del DPO, el siguiente paso crítico es verificar que los candidatos cuentan con una trayectoria sólida y contrastable en el ámbito de la protección de datos. No basta con que «conozcan» el RGPD: se trata de que tengan una base técnica y jurídica sólida, y también experiencia práctica en su aplicación.
Aunque el RGPD no exige una titulación específica, sí se espera que el DPO cuente con:
La existencia de formación reglada o certificada (másteres, programas universitarios, cursos especializados) es un indicio positivo, pero no sustituye la evaluación de experiencia real.
Se recomienda revisar si el candidato ha trabajado directamente en actividades como:
También es útil saber:
Elemento | Requisitos clave |
---|---|
Formación jurídica | Derecho digital, protección de datos, compliance. |
Formación técnica | Seguridad de la información y gestión de riesgos. |
Complementaria | EIPD, gobernanza, auditoría, políticas internas. |
Experiencia práctica | Cumplimiento RGPD, auditorías, AEPD, asesoramiento, formación. |
Experiencia adicional | Trabajo como DPO, asesoramiento variado, experiencia internacional. |
Aunque el RGPD no exige una certificación específica para ejercer como Delegado de Protección de Datos (DPO), en la práctica disponer de certificaciones oficiales reconocidas es un indicador objetivo y valioso de la cualificación profesional del candidato. Estas certificaciones ayudan a garantizar que la persona dispone de los conocimientos, habilidades y aptitudes requeridas para desempeñar el rol.
En España, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en colaboración con la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), ha establecido un sistema de certificación oficial para Delegados de Protección de Datos.
Este sistema permite a entidades certificadoras acreditadas por ENAC expedir el certificado oficial de DPO, que valida que el profesional cumple con el esquema de certificación aprobado por la AEPD.
¿Qué acredita esta certificación?
¿Qué hay que hacer para obtener el certificado DPO?
Principales entidades certificadoras acreditadas por ENAC
Aspecto | Resumen |
---|---|
Certificación | No obligatoria, pero muy recomendable. |
Acreditación | Emitida por entidades certificadoras acreditadas por ENAC. |
Requisitos | Formación mínima (60 h), experiencia (2-5 años), examen. |
Entidades | IVAC, APPLUS+, Bureau Veritas, AEC, OCA Global. |
El artículo 38 del RGPD señala que el Delegado de Protección de Datos (DPO) debe actuar con plena independencia y autonomía, sin interferencias y sin verse condicionado por intereses que puedan comprometer su imparcialidad.
El DPO debe:
Un conflicto de interés surge cuando el DPO tiene responsabilidades o intereses paralelos que puedan influir en sus decisiones sobre protección de datos, o que lo coloquen en la posición de tener que supervisar sus propias decisiones.
Ejemplos típicos de conflicto de interés:
Aspecto | Resumen |
---|---|
Independencia | Autonomía total, sin instrucciones ni sanciones por sus funciones. |
Conflictos de interés | No supervisar actividades propias ni tener intereses paralelos. |
DPO interno | Es posible si se garantiza su independencia. |
DPO externo | Alternativa útil en pequeñas organizaciones. |
Buenas prácticas | Declaración, estructura clara, funciones definidas, canales de denuncia. |
La empresa debe decidir si nombra un DPO interno, integrado en su plantilla, o recurre a un DPO externo especializado. Cada opción tiene ventajas y limitaciones según recursos, estructura, sector y grado de autonomía requerido.
Ventajas:
Inconvenientes:
Ventajas:
Inconvenientes:
- Consulta más INFO en el artículo sobre DPO externo vs. DPO interno.
Tipo | Ventajas | Inconvenientes |
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DPO Interno | Conocimiento interno, integración cultural, disponibilidad. | Conflicto de interés, menor especialización, requiere formación continua. |
DPO Externo | Alta especialización, independencia, equipos multidisciplinares. | Desconocimiento interno, menor disponibilidad, coste constante. |
Una vez designado el Delegado de Protección de Datos (DPO), las entidades obligadas a nombrarlo deben comunicar su designación a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a través del Registro de Delegados.
Es un registro público y gratuito gestionado por la AEPD, donde deben inscribirse:
El registro es accesible públicamente desde la web de la AEPD:
Elemento | Descripción |
---|---|
Registro AEPD | Obligatorio para entidades sujetas a la LOPDGDD; voluntario para otras. |
Qué verificar | Inscripción existente o cumplimiento de requisitos para registrar. |
Acceso | Público desde la web de la AEPD. |
Antes de formalizar el nombramiento del Delegado de Protección de Datos (DPO), es fundamental implicar al Comité de Dirección u órgano equivalente. Esto garantiza que el DPO cuente con el respaldo institucional necesario y que su función sea comprendida y respetada a nivel estratégico.
¿Por qué es importante esta consulta?
¿Qué debe incluir?
Elemento | Importancia |
---|---|
Acceso a dirección | Exigencia legal; refuerza la autoridad del DPO. |
Impacto transversal | El DPO afecta a todos los departamentos clave. |
Consulta previa | Permite presentar y validar el perfil propuesto. |
Recursos y respaldo | Se garantiza su autonomía y soporte institucional. |
La elección del Delegado de Protección de Datos debe realizarse mediante un proceso objetivo, trazable y justificable, en línea con los principios de responsabilidad proactiva establecidos por la LOPDGDD y el RGPD.
La elección del Delegado de Protección de Datos (DPO) debe realizarse mediante un proceso objetivo, trazable y justificable, en línea con los principios de responsabilidad proactiva establecidos por la LOPDGDD y el RGPD.
Aspecto | Descripción |
---|---|
Transparencia | Criterios claros, sin arbitrariedad ni favoritismos. |
Igualdad | Garantizar oportunidades equitativas si hay convocatoria abierta. |
Documentación | Perfil del puesto, registro de candidaturas y aprobación formal. |
Evidencias | Guardar formación, experiencia y certificación del DPO elegido. |
Una vez elegido el candidato ideal, el nombramiento del Delegado de Protección de Datos (DPO) debe formalizarse adecuadamente y, si procede, ser comunicado a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) conforme a lo exigido por la LOPDGDD.
La empresa debe emitir un documento formal que incluya:
En caso de DPO externo, estos elementos deben recogerse también en el contrato de prestación de servicios.
Si la empresa está obligada por la LOPDGDD a contar con un DPO, deberá comunicar su designación a la AEPD a través de su sede electrónica.
Pasos básicos:
También deben notificarse modificaciones relevantes (cambio de DPO, datos de contacto, etc.) y la finalización de su designación.
Aspecto | Descripción |
---|---|
Documento formal | Datos del DPO, fecha, funciones, independencia, recursos. |
DPO externo | Debe constar en el contrato de servicios. |
Notificación AEPD | Formulario online, firma electrónica y justificante. |
Cambios | Comunicar variaciones y cese de funciones. |
Es esencial comunicar la designación del DPO de forma clara y accesible, tanto dentro de la organización como hacia terceros, cumpliendo con el principio de transparencia exigido por la LOPDGDD y el RGPD.
Debe garantizarse que todos los empleados y departamentos:
Medios recomendados:
La empresa también debe informar a los interesados (clientes, usuarios, proveedores, etc.) sobre:
Medios recomendados:
Tipo de comunicación | Contenido clave | Medios recomendados |
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Interna | Identidad y contacto del DPO, funciones, independencia. | Correo corporativo, intranet, manual interno. |
Externa | Existencia del DPO, contacto, funciones ante interesados. | Política de privacidad, formularios, comunicaciones y contratos. |
El nombramiento de un Delegado de Protección de Datos debe basarse en criterios sólidos, cumpliendo tanto con las obligaciones legales como con las mejores prácticas de transparencia y gobernanza. Contar con un DPO cualificado y bien integrado refuerza la confianza de empleados, clientes y autoridades, consolidando la cultura de cumplimiento en la organización.
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